Asuntos Legal y Inmigracion

¿Se puede tramitar permiso de trabajo sin tener el asilo?

Si estas a mitad de un proceso de asilo en Estados Unidos y quieres tener permiso para trabajar, tendrás que esperar seis meses.

Como todo proceso, tiene un tiempo y una serie de pasos específicos a seguir para conseguirlo. Uno de ellos es el Formulario I-765.

¿Cómo puedo tener permiso para trabajar en Estados Unidos?

Las personas con un trámite de asilo en trámite en Estados Unidos tienen que esperar 150 días para solicitar el permiso de trabajo.

Después de este periodo, los solicitantes de asilo pueden llenar el Formulario I-765 para obtener el Documento de Autorización de Empleo (EAD).

Sin embargo, hasta que no transcurran 30 días adicionales, ningún solicitante es elegible para recibir el EAD. Es decir, tiene que pasar el llamado “Conteo de 180 días para el EAD de Solicitantes de Asilo”.

En caso de que sea autorizado, esto dice el Gobierno de Estados Unidos:

Si aprobamos su solicitud de autorización de empleo basada en su solicitud de asilo pendiente, su EAD será válido por hasta un máximo de 2 años”.

Ten en cuenta que si tienes una solicitud de asilo y te pones a trabajar sin este permiso puede que se cancele tu proceso y seas deportado.

En caso de que te aprueben el asilo en Estados Unidos, ¿Qué pasa?

Si llegan aprobarte el asilo, esto es lo que dicen las autoridades:

Si le otorgamos asilo, usted está autorizado inmediatamente a trabajar. (Algunos asilados optan por obtener su EAD porque es conveniente o para propósitos de identificación, pero no es necesario tener un EAD si usted es un asilado)”.

Es decir que sí te aprueban el asilo, ya no necesitas el EAD para poder emplearte dentro del territorio de los Estados Unidos.

Si no me aprueban el asilo, ¿Qué pasa?

En caso de que te aprueben el EAD, pero te nieguen tu solicitud, hay distintos escenarios:

La autorización de empleo terminará cuando concluya el periodo de la EAD o 60 días después de que nieguen la solicitud de asilo.

Si no hay una estancia regular en el país, como el “parole humanitario”, un oficial de asilo “refiere” la solicitud de asilo a un juez de inmigración para consideración adicional, y el EAD permanece válido hasta la fecha en que caduque.

En caso de que el juez de inmigración deniegue la solicitud, tendrás que apelar ante la Junta de Apelaciones de Casos de Inmigración (BIA) o serás deportado al concluir tu EAD.

Si BIA tampoco aprueba tu estancia, tendrás como última estancia apelar ante un tribunal federal del Circuito. Fuente:

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