Divorcio entre inmigrantes ilegales
Un divorcio es un proceso por el cual la mayoría de las personas no desea pasar. Ya que implica un papeleo e inversión de tiempo para cualquiera de las partes. Si a eso se suma alguna condición o estatus de inmigración en Estados Unidos, la cosa se complica un poco. Aquí le explicamos algunos detalles que pueden ser útiles si inevitablemente debe recurrir a la disolución de su matrimonio. Después de empaparse un poco, puede dar el próximo paso de buscar un profesional de las leyes que lo asesore.
¿Por qué me divorcio?
Esta pregunta es clave en el procedimiento legal, ya que hay muchos tipos de separaciones. Si se trata de una separación amistosa todo puede fluir y la disolución se hará rápido. Pero si hay violencia doméstica, maltrato a menores, abuso de sustancias y otros delitos el caso necesita documentación y la intervención de otros profesionales. En todo caso aun si está ilegalmente en el país no tema pedir ayuda. En la página del servicio de inmigración, conocido como USCIS, por sus siglas en inglés, puede encontrar amplia información sobre el tema de las implicaciones de la violencia doméstica y el asalto sexual.
Me casé en mi país y ahora quiero divorciarme
Generalmente se cree que si el matrimonio se realizó en otro país las personas no pueden divorciarse en Estados Unidos sino que deben viajar a su nación de origen. Pero esto no es completamente cierto, en algunos casos se debe acudir al consulado de su país de origen dentro de los E.E.U.U. Las leyes de inmigración también indican que “la validez de un divorcio en el extranjero depende de la interpretación de las leyes de divorcio del país que otorgó el divorcio y las leyes de reciprocidad en el estado de los Estados Unidos donde el solicitante se volvió a casar. Si el divorcio no es definitivo según la ley extranjera, volverse a casar con un ciudadano estadounidense no es válido para propósitos de inmigración”. Así también hay disposiciones particulares sobre matrimonios de personas del mismo sexo, uniones religiosas, poligamias, uniones por convivencia (concubinato) y otros ritos que pueden o no, estar reconocidos.
Las separaciones son materia de las leyes estatales y con toda seguridad se pueden hacer. Lo que se requiere es tener el documento original del matrimonio validado y que alguna de las partes haya residido al menos seis meses en el estado donde se hará el divorcio. Esta última condición puede variar según donde se viva. Ya que cada región tiene sus estatutos que también aplican para aspectos como división de las propiedades, si las hay, custodias de hijos, y pensiones de alimentos o de sostenimiento.
Generalmente esto es materia de derecho civil y no de inmigración, por lo cual un divorcio no debería llevar directamente a deportación. De todas maneras es ampliamente conocido que todo tiene que ver con las políticas internas del manejo del tema migratorio del estado donde uno se ubica.
¿Qué efectos migratorios podría tener mi divorcio?
Si una pareja tiene hijos en común puede llegarse al acuerdo de establecer una pensión de mantenimiento para menores de edad. Si esta condición no se cumple, puede haber consecuencias civiles, penales y también migratorias. Dependiendo de la gravedad y hasta donde se lleve la denuncia pueden resultar multas, penas de prisión y hasta negación de beneficios migratorios.
Así también si se presenta un alegato de bigamia (una persona está casada con varias al mismo tiempo) u otros delitos podría haber deportación. Con relación a esto último, muchas veces hay quienes piensan erróneamente que pueden casarse en Estados Unidos aun cuando tienen abierto un matrimonio en otro país. Sin pensar en las consecuencias.
No soy ilegal, soy un migrante no ciudadano pero me quiero divorciar
En párrafos anteriores vimos un poco el caso de un divorcio entre inmigrantes ilegales dentro del territorio de Estados Unidos. Pero existe un estatus difuso que es el de migrante no ciudadano que se quiere divorciar. Es esa persona que está en el país porque se casó con un ciudadano americano y le fue otorgada una residencia condicional. Este beneficio es un derecho que le permite al nuevo cónyuge permanecer en el territorio si ya pasaron dos años de haberse legalizado el nexo.
Si usted está bajo residencia condicional o está esperando la Green Card y se inicia la solicitud de divorcio, puede haber peligro de perder los beneficios migratorios. A menos que haya algún elemento extra como violencia, delitos cometidos u otros. Si por otra parte ya una persona cuenta con su green card y procede a la separación aunque de hecho no debería haber problemas, a los ojos de las autoridades este procedimiento podría verse como prueba de un matrimonio que no fue real.
Siempre hay que estar muy pendiente de los lapsos de los procesos migratorios. Si usted ha estado casado por menos de 2 años cuando se aprueba el Formulario I-485 (la solicitud de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus), recibirá un estado de residencia permanente condicional o «tarjeta verde» de USCIS. Noventa (90) días antes del segundo aniversario de su residencia condicional, usted y su cónyuge deben presentar una solicitud conjunta para eliminar las condiciones de su residencia legal. Para hacerlo, debe probar que el matrimonio es de “buena fe” y válido. Una vez que se eliminan las condiciones, tiene la residencia permanente que no depende de su cónyuge estadounidense.
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